EN DEFENSA DE LA CONSTITUCIONALIDAD Y LA TRANSPARENCIA EN EL CONCURSO DE MAGISTRADOS SUPREMOS | |||||||
Autor(a): Cruz Silva Del Carpio | | ||||||
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El Consejo Nacional de la Magistratura continúa adelante con la selección de seis magistrados supremos, un convocatoria altamente esperada no sólo para contrarrestar la provisionalidad en la Corte Suprema y la Fiscalía Suprema, sino porque representa la oportunidad del Consejo para dejar de lado la perjudicial experiencia del concurso anulado en verano (Nº 003-2009-CNM). A pesar de ello, el concurso vigente no ha escapado de similares y graves irregularidades que motivó la anulación de la elección anterior. La más notoria: la vulneración de la Constitución al declararse como apto a al menos un postulante que no cumple con los requisitos que exige la Carta Magna. Por esto, se espera que el Consejo remedie a la brevedad esta situación, antes que tal infracción vulnere gravemente la legitimidad del concurso. ¿Qué se ha hecho hasta ahora? Primero, se publicó la relación de Aptos para el concurso: 66 postulantes, de los cuales 40 postulan para la Corte Suprema, y 22 para la Fiscalía Suprema. Y entre ellos, 11 mujeres para ser jueza suprema, y 4 mujeres para ser fiscal suprema. Junto a la publicación de la misma, estuvo el dato de los consejeros que se abstuvieron: Vladimir Paz de la Barra sobre las candidaturas de Ángel Romero Díaz, Isabel Torres Vega, Hanmerli Carrasco Vergaray y Mario Luján Sánchez; Carlos Mansilla Gardella sobre las candidaturas de Mateo Castañeda Segovia y Víctor Cubas Villanueva; y Edmundo Peláez Bardales sobre la de Pedro Chavarry Vallejos. No obstante, no se han publicado las razones de tales abstenciones (sobre el magistrado Romero Díaz, se conoce que el consejero Paz de la Barra fue su abogado en el cuestionado caso BCR; y el ejercicio en caso de derechos humanos puede ser una de las razones de la abstención de Mansilla Gardella sobre la postulación de Cubas Villanueva) . Y éste, es un dato necesario para saber que respecto de otros postulantes no se incurre en alguna situación que amerite la inhibición para el respeto de la imparcialidad de la selección. Por ello, esperamos del Consejo, que a lo largo de su historia funcional ha mejorado en sus estándares de transparencia, la publicación de tales razones, ahora que es cuando más se necesita. Es de esta lista de Aptos y no Aptos, donde surge el primer grave cuestionamiento. Uno de los postulantes, el fiscal Mateo Castañeda, no cumple con los requisitos que claramente establece la Constitución. Por eso, la presentación de la tacha que defendiera la constitucionalidad del proceso de elección no se hizo esperar. Lo malo es que el cotejo por parte de la sociedad civil no pudo hacerse respecto de todos los candidatos, porque no se publicitó la información necesaria para ello: la condición en que cada postulante candidateaba, y la cantidad de años ejercidos en el ejercicio de la abogacía, en el ejercicio de la magistratura y en el ejercicio de la docencia. Por esto, se presentó una carta al Presidente del CNM, el Dr. Edmundo Peláez Bardales, solicitando la publicación de estos datos y otras medidas de transparencia ineludibles de acuerdo a la experiencia del concurso anulado y el interés del CNM, de los propios postulantes y de la sociedad civil por el desarrollo del concurso en absoluta transparencia de los criterios adoptados en las evaluaciones. Sobre la tacha, si bien el Consejo, de acuerdo al reglamento de selección y nombramiento (el que por cierto en este aspecto tiene una disposición que contraviene la Constitución para el caso de la selección de magistrados supremos) podría y debiera resolverla en la brevedad posible, teniendo en cuenta que se mantendría hasta entonces a una candidatura que infringe la Constitución (si es que no más, como parece serlo en el caso de la candidata Virginia Alcalde). El CNM tiene ahora, la alta responsabilidad de defender la Constitución, resolviendo en forma clara y debidamente motivada si es que los declarados aptos realmente cumplen o no con los requisitos constitucionales y legales para postular. Sobre esto, preocupa cómo es que el incumplimiento de los requisitos relacionados al tiempo ejercido en tal o cual condición, a través de diversas interpretaciones de parte de algunos postulantes, no es nuevo. El Consejo debe ser muy claro y firme en el cumplimiento de estos requisitos, como guardián de la constitucionalidad en el ejercicio de sus funciones. Eso esperamos todos y todas. Ahora, se han hecho públicos los resultados del examen escrito, la primera etapa del proceso de evaluación. Y así, han quedado en carrera 13 postulantes para el cargo de juez supremo (entre ellos, 5 mujeres), y 7 para el cargo de fiscal supremo (ente ellos, 1 mujer) y entre ellos, el postulante tachado. Igual, se requiere más transparencia para dar cuenta de una evaluación objetiva, con criterios establecidos y debidamente motivada. Esto, además de conocer la lista de las instituciones y profesionales que apoyaron al Consejo en la evaluación, como exige el principio de la transparencia en este tipo de convocatorias. Otro dato que ha empañado esta selección, es la exclusión de una plaza a la Corte Suprema (antes eran 4) a causa de la irregular sentencia del Tribunal Constitucional que ordena al CNM reincorporar al ahora magistrado Walde Jáuregui (ver: resolución de restitución del CNM). El Tribunal vuelve cambia su decisión sin motivar debidamente por qué sobre un tema en el cual ya había decidido. Y si bien el CNM ha señalado que en respeto de las resoluciones judiciales acata el fallo, asombra que haya retrocedido en la inicial postura de hacer respetar sus fueros, nada más y nada menos, en la delicada función de destitución de magistrados. ¿Qué sucedió? |
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miércoles, 3 de noviembre de 2010
EN DEFENSA DE LA CONSTITUCIONALIDAD Y LA TRANSPARENCIA EN EL CONCURSO DE MAGISTRADOS SUPREMOS
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